miércoles, 18 de febrero de 2009

LA COMISIÓN DE IGUALDAD APRUEBA LA REFORMA QUE DESPENALIZA EL ABORTO

* El informe de la subcomisión se trasladará ahora al Gobierno
* Elaborará un proyecto de reforma de la Ley del Aborto
* El Partido Popular votó en contra y el PNV se abstuvo
* Con la reforma de la ley se derogará el delito de aborto del Código Penal
La comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados ha aprobado este miércoles con los votos de PSOE, BNG, ERC, IU e ICV la propuesta para despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo planteada en el informe elaborado por la subcomisión.

Por 20 votos a favor, 16 en contra por parte del PP y la abstención del PNV, el informe se trasladará ahora al Gobierno para la elaboración de un proyecto de reforma de la Ley del Aborto que tendrá en cuenta las recomendaciones de la comisión de expertos convocada por el Ministerio de Igualdad.

Las nuevas condiciones para abortar se incluirán en el marco general de una norma sobre derechos y salud sexual y reproductiva en el ámbito de la Salud Pública, con "la consiguiente derogación del delito de aborto del Código Penal".

Con esta reforma se "elimina la inseguridad jurídica, se establece la sanidad pública como garante del derecho a abortar y se pone fin a la inequidad territorial", ha argumentado la portavoz del PSOE en la comisión, Carmen Montón.

Por su parte, la portavoz del PP, Sandra Moneo, ha acusado al PSOE de "utilizar el Parlamento como coartada a sus intereses" al acelerar los debates de la subcomisión e "imponer" un texto de conclusiones elaborado sin consultar con otros grupos.

En las conclusiones aprobadas en la Subcomisión creada para reformar la Ley del Aborto de 1985, los parlamentarios coinciden en que las chicas de más de 16 años no se vean obligadas a recibir el consentimiento de sus padres para someterse a esta práctica.

El PSOE, Grupo Mixto y BNG sostienen que la futura Ley de Plazos deberá ser configurada de forma que resulte "plenamente compatible" con la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional.

Entienden que en el ámbito del aborto no existe un conflicto entre dos derechos fundamentales -madre e hijo-, ya que "los únicos derechos fundamentales implicados en esta cuestión" son los de las mujeres, excluyendo también la posibilidad de que el padre intervenga.

En su sentencia de 1985, el TC se limitó a tolerar la despenalización del aborto en los supuestos de peligro para la salud de la madre, violación y malformación del feto, alegando además que el Estado tiene que garantizar la vida del no nacido.

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