sábado, 21 de febrero de 2009

LA ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN , UN DERECHO DE LOS PADRES



Esta agrupación de padres recuerda que según la sentencia del Alto Tribunal “la presencia de la Religión en el currículo escolar responde al mandato constitucional y hace posible que los hijos reciban la formación moral que esté de acuerdo con las convicciones de sus padres, un derecho que, desde algunas instancias sociales y políticas, se pretendía negar”. Con este pronunciamiento -sigue el comunicado- del Tribunal Supremo se pone fin a la campaña orquestada para eliminar la enseñanza religiosa de la escuela, que sólo responde a intereses partidistas y a inconfesables fobias de unos pocos.

Para estos padres católicos “el Tribunal no sólo hace hincapié en el derecho de los padres, sino que reconoce también el de las confesiones religiosas a la divulgación y expresión pública de su credo, componente esencial de la libertad religiosa”.

CONCAPA recuerda que “el Estado está obligado por la Constitución y por los tratados internacionales a garantizar el derecho de las familias a que sus hijos sean educados conforme a sus creencias y convicciones religiosas, sin que por ello se vea afectado su carácter aconfesional. Es más, precisamente es éste el que obliga a los poderes públicos a tener en consideración las creencias religiosas de sus ciudadanos y, desde luego, a mantener relaciones de cooperación con las distintas confesiones religiosas, y en el caso de la Iglesia Católica a cumplir los acuerdos suscritos con ella, que son declarados en la propia sentencia como absolutamente constitucionales y dotados del mismo valor jurídico que cualquier otro tratado internacional”.

El Alto Tribunal establece la igualdad de la religión con las demás asignaturas

En referencia a la polémica asignatura Eduación para la Ciudadanía, CONCAPA lamenta que “este expreso reconocimiento del derecho de los padres a decidir cuál ha de ser la educación moral y religiosa de sus hijos no haya sido elemento sustancial de otros pronunciamientos de este Tribunal y, en particular, en el reconocimiento de la objeción de conciencia frente a Educación para la Ciudadanía, una asignatura que interfiere en la formación moral de los alumnos”.

No obstante, CONCAPA espera que “esa sentencia incida en este aspecto y contribuya a eliminar los intentos por formar una conciencia moral única que se atribuye a esta asignatura, resolviendo el verdadero problema surgido en la educación española, que no es si procede o no la objeción sino el reconocimiento de que la formación moral excede de las competencias del Estado y corresponde exclusivamente a la familia, actuando los centros docentes como meros colaboradores en función de la libre elección que realicen las familias”.
Alba digital

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